El Ministerio de Trabajo ha dado a conocer este miércoles un nuevo dato que mide el grado de protección que tienen los trabajadores en España a través de los convenios colectivos, ya que estos mejoran las condiciones laborales básicas del Estatuto de los Trabajadores. Se trata de la tasa de cobertura de la negociación colectiva, que se situó en 2023 en el 91,8%, que refleja el porcentaje de asalariados protegidos por un convenio colectivo estatutario (de eficacia general y no solo para los firmantes) de entre los aproximadamente quince millones de relaciones laborales por cuenta ajena, equivalentes más o menos al mismo a número de trabajadores, que tienen actualmente derecho a tener esta regulación laboral. “Esto significa que la negociación colectiva tiene una salud de hierro” ha defendido este miércoles el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez-Rey.
De esta tasa quedan fuera los trabajadores que no tienen derecho a estar protegidos por negociación colectiva como son, entre otros, además de los autónomos, los funcionarios; el personal estatutario de las administraciones públicas ya sea fijo o temporal; los altos cargos y consejeros de administración; los curas o ministros de culto; los presos con actividad laboral; los socios trabajadores de cooperativas; los parlamentarios de cualquier administración; o los colaboradores sociales. Una vez descontados estos colectivos, quedarían en España unos quince millones de asalariados con este derecho, de los que catorce están protegidos por algún convenio colectivo de cualquier ámbito sectorial y territorial o de empresa.
Las causas que sitúan a ese millón de asalariados con derecho a la negociación colectiva a estar fuera de esta cobertura son variadas. Una de ellas es que, como ocurre en el caso de las empleadas de hogar, no exista una organización patronal con la que se pueda negociar un convenio sectorial. Otros colectivos de este millón de trabajadores sí cuentan con convenios de referencia, pero estos no son de carácter estatutario sino acuerdos parciales, que no han sido firmados por organizaciones patronales y sindicales mayoritarias.
Según los datos publicados, las tasas de cobertura son diferentes según el sexo, la actividad profesional o incluso la región donde se resida. Así, casi el 95% de los hombres con derecho a tener un convenio estarían cubierto por la negociación colectiva en 2023 frente al 88% de las mujeres (la presencia de estas últimas en profesiones como la de empleadas de hogar, solo protegidas por convenio en un 2% de los casos, tiran a la baja de la tasa). Los sectores con un mayor porcentaje de empleados con sus condiciones reguladas en estos pactos son la hostelería y la construcción, con el 98% o más de sus trabajadores con algún convenio de referencia. Mientras que las actividades menos con menos protección de la negociación colectiva son, además de las citadas empleadas de hogar, los empleados no funcionarios ni estatutarios de las administraciones públicas, con poco más del 60% de sus trabajadores con convenio.
En cuanto a las diferencias territoriales, Murcia encabeza la lista de comunidades con mayor tasa de cobertura de negociación colectiva (98% de hombres y 92% de mujeres), seguida de Cataluña (96,5% hombres y 91,4% mujeres). Por el contrario, País Vasco y Navarra, con menos del 80% de trabajadores protegidos por convenios son las situadas en la parte más baja de la tabla.
Esta medición sustituye a las que venía utilizando el Gobierno extraídas de proyecciones que hacían la OCDE o la Organización Internacional del Trabajo para España y que situaban esta tasa de cobertura en entre el 75% y 80%, inferior a la que ahora ha calculado el ministerio que dirige Yolanda Díaz. Otra forma de calcular este nivel de protección que venía utilizándose hasta ahora en España es la del Registro de Convenios, pero ofrecía una foto más estática y menos afinada de los trabajadores afectados.
Para hacer esta nueva medición, Trabajo ha utilizado las altas a la Seguridad Social, que desde 2015 deben incluir obligatoriamente un código con el convenio de referencia que tiene la relación laboral que se inscribe en el sistema. En cuanto al momento elegido para presentar esta tasa, Trabajo ha asegurado que coincide con la necesidad de cumplimiento de la directiva europea sobre el salario mínimo, que exige la publicación de este dato correspondiente a los años 2021 a 2023, a partir del 1 de octubre de 2025. Si bien estas mismas fuentes han precisado que dicho cumplimiento no ha sido estrictamente el motivo de este cambio, sino que los responsables de Trabajo llevan “años” queriendo cambiar la medición de los trabajadores afectados por convenio.
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